¿Prefiere llamarnos? 902 169 170
Está en: Entrada / Seguro Quad / Preguntas más frecuentes

Preguntas más frecuentes

¿Qué ocurre si uso mi moto, ciclomotor o quad sin seguro?

El único seguro que es obligatorio por Ley para todo vehículo es el de Responsabilidad Civil Obligatoria (SOA), y si no se cumple esta obligación las consecuencias son:

  • Para el conductor que conduzca sabiendo que el vehículo no tiene seguro puede haber consecuencias de índole penal.
  • Se procederá a la retirada y depósito del vehículo (con cargo a su propietario) en dependencias de la autoridad competente si no se justificase la existencia del seguro en 5 días desde que se denunció el hecho (no tener seguro).
  • De 601,01 a 3.005,06 € de multa atendiendo a las circunstancias (que se haya circulado con el vehículo, la categoría del mismo, el servicio que preste, la gravedad del perjuicio causado, la duración de la falta de aseguramiento y la reiteración en la misma infracción).
Si el vehículo está asegurado, ¿lo puede conducir cualquier persona a quien yo le autorice?

Si la cesión del vehículo es puntual, es decir, no es una persona que de forma habitual o frecuente emplee el vehículo sino que se trata de algo excepcional, no tendría por qué haber ningún problema con el seguro. Ahora bien, tenemos que saber que cuando una compañía suscribe la póliza lo hace teniendo en cuenta, entre otros datos, los relativos a las características del conductor, su edad, fecha de carnet, etc, por lo que puede darse alguna situación que tenemos que considerar:

  • Si ese conductor al que cedemos el vehículo tiene una edad o antigüedad de carné distinta a la tenida en cuenta por el asegurador al contratar la póliza, se considerará un conductor agravado desde el punto de vista asegurador. Si tiene un siniestro, causa daños a terceros y es el responsable del mismo, el Reglamento sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la circulación de vehículos a motor establece en su artículo 11 que el asegurador del seguro de suscripción obligatoria no podrá oponer frente al perjudicado (el tercero que ha sufrido los daños) "aquellas cláusulas contractuales que excluyan de la cobertura la utilización o conducción del vehículo designado en la póliza por quienes carezcan del permiso de conducir...". Esto no es óbice para que el Asegurador ejerza posteriormente, y si encuentra fundamento jurídico para ello, una acción de repetición contra el tomador del seguro y el conductor del mismo causante del siniestro.
  • Si ese conductor, agravado desde el punto de vista asegurador, tiene un accidente y NO es culpable, la compañía no podrá oponer nada y deberá dar soporte a la reclamación de daños si ha sido contratada.

Además, no sería de extrañar que tras el siniestro el asegurador procediera a la anulación de la póliza debido a la inseguridad que se genera sobre la conducción del vehículo asegurado.

No encuentro ninguna compañía interesada en asegurarme, ¿cómo puedo cumplir la ley y suscribir el Seguro de Responsabilidad Civil Obligatoria?

De conformidad con lo establecido en el Reglamento sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la circulación de vehículos a motor, es función del Consorcio de Compensación de Seguros asumir, dentro de los límites del aseguramiento de suscripción obligatoria, los riesgos no aceptados por las entidades aseguradoras.

Le recomendamos que contacte con el Consorcio donde le informarán de los trámites a seguir y la tarifa aplicable para cada caso.

La asistencia en viaje que se contrata con las pólizas de moto, ciclomotor y quad ¿garantiza la asistencia en cualquier lugar?

Si hablamos de ámbito geográfico, hay aseguradores que sólo otorgan cobertura en España, mientras que otros lo dan en el ámbito de la Unión Europea. Es conveniente, antes de salir al extranjero, cerciorarnos claramente de este aspecto que, en caso de apuro, puede ser esencial.

Si hablamos del ámbito de circulación, hay que tener también mucho cuidado ya que hay muchas aseguradoras (la mayoría) que no le prestarán la asistencia si el vehículo se accidenta o avería, por ejemplo, en un camino en el campo, o en las dunas de una playa o, para los que tengan quad o motos de trail o trial, en una vía pecuaria, o en monte a través. Al no tratarse de Vías de Circulación no hay prestación de la asistencia. Aún cuando son las menos, sí hay alguna aseguradora que puede prestar este tipo de asistencia, pero es importante cerciorarse de ello con antelación a la suscripción de la póliza.


VolverSolicitar Presupuesto
 
 

Autorizada y regulada por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones para operar como Corredor de Seguros. Número J-1983. Copyright © 2006 Cibermultipóliza S.L. Todos los derechos reservados


www.lapoliza.comwww.portalcoches.netportalmotos.com
Página construida según los estándares de W3C - XHTML 1.0 válidoPágina construida según los estándares de W3C - CSS válido Página segura certificado Thawte