Persona física o jurídica titular de los derechos indemnizatorios que en la póliza se establecen. En los seguros de vida y accidentes normalmente suele tener una vinculación afectiva, familiar o intereses comunes con el asegurado o contratante.
Son los bienes objeto de la cobertura de la póliza de seguro en los seguros sobre bienes.
Principio básico y característico de todos los contratos, obligando a las partes de los mismos a actuar con la máxima honestidad. Por definición el contrato de seguros está fundado en la buena fe de las partes y la inexistencia de esta conlleva la nulidad radical del contrato.
Autorizada y regulada por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones para operar como Corredor de Seguros. Número J-1983. Copyright © 2006 Cibermultipóliza S.L. Todos los derechos reservados