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27 febrero 2006

El carné por puntos

En el mes de julio de 2006 entrarán en vigor los preceptos de la Ley de Seguridad Vial que regulan el sistema del permiso y la licencia de conducción por puntos. A lo largo de este año, y cuando la ley estaba en fase de elaboración, empezamos a tener noticias del nuevo CARNÉ POR PUNTOS, y sin duda en el futuro próximo seguirá siendo un tema prioritario ya que, de hecho, la nueva regulación supone una nueva concepción de la "autorización para conducir".

El Sistema de Crédito

El cambio más importante es que la autorización para conducir ha sido en nuestro país de carácter vitalicio, es decir, una vez obtenido el carné de conducir este era para toda la vida. Con el nuevo sistema esto no es así, ya que los conductores lo que tendremos es un "crédito" que tendremos que administrar adecuadamente si no lo queremos perder.

Así, los conductores noveles tendrán cuando obtengan el carné un crédito de 8 puntos, y hasta que no transcurran 3 años desde la obtención del permiso no se les otorgará más crédito. Los conductores en general tendrán 12 puntos de inicio y a aquellos conductores que perdieran todos los puntos y llevaran a cabo los trámites de recuperación del permiso se les concederá un crédito de 8 puntos con las mismas condiciones que los conductores noveles (durante 3 años desde la recuperación).

Es responsabilidad de cada conductor el no dilapidar el crédito y, en la medida de lo posible, intentar aumentarlo, y para ello se han de tener en cuenta los siguientes condicionantes:

  • El número de puntos asignado al titular del carné se verá REDUCIDO por cada sanción firme que se le imponga por infracción grave o muy grave y que lleven aparejada la pérdida de puntos.
  • Se podrán RECUPERAR los puntos perdidos si el conductor no es sancionado nuevamente en los 2 años siguientes a la última infracción. Se recupera el crédito inicial de 12 puntos. Ahora bien, si la sanción fue impuesta por infracción muy grave, el plazo para la recuperación es de 3 años.
  • De la misma manera que se sanciona con la pérdida y se da opción a la recuperación, para los conductores que no cometan infracciones hay BONIFICACIÓN. Efectivamente, quienes mantengan la totalidad de los puntos al no haber sido sancionados en firmen vía administrativa por la comisión de infracciones, recibirán como bonificación 2 puntos durante los tres primeros años, y 1 punto por los tres siguientes, pudiendo llegar a acumular un máximo de 15 puntos.
La Revocación del carné

La pérdida total de puntos supone la REVOCACION del permiso de conducir. En este caso, el conductor no podrá obtener un nuevo permiso o licencia de conducción hasta transcurridos 6 meses. Si recuperado el permiso, durante los 3 años siguientes se le volviese a revocar la autorización, no podrá obtener un nuevo permiso en 1 año. En el caso de los conductores profesionales estos plazos son exactamente la mitad.

La obtención de un nuevo permiso conlleva la realización de un curso de 30 horas de duración que deberá superar el conductor y posteriormente deberá examinarse sobre el contenido del curso en la Jefatura de Tráfico que le corresponda. También se prevé la posibilidad de realizar cursos por la pérdida parcial de puntos (cuando se hayan perdido 4 puntos) que tendrán una duración de 15 horas; si se supera el curso de recuperación parcial el Director del Centro informará a la Jefatura de Tráfico que automáticamente le reintegrará los 4 puntos. Estos cursos parciales los podrán solicitar los conductores cada 2 años.

El régimen sancionador

La nueva Ley de Seguridad Vial establece un nuevo régimen sancionador que no es objeto de este escrito, pero de forma esquemática se resume en:

GRAVEDAD MULTA OTRAS MEDIDAS
Leves Hasta 90 € No tendrán antecedentes
No tendrá retirada de puntos
Graves De 91 a 300 € Antecedentes
Retiradad de 2 a 3 puntos
Retirada de carné
Revocación
Muy Graves De 301 a 600 € Antecedentes
Retiradad de 4 a 6 puntos
Retirada de carné
Revocación

Sería muy prolijo detallar los diferentes tipos de infracciones, pero sí hay que destacar que con la nueva Ley de Seguridad Vial ha aumentado considerablemente el número de infracciones previstas y además se ha aumentado su gravedad. En definitiva, con la nueva ley vamos a tener:

  • Más infracciones
  • Más gravedad de las mismas
  • Más antecedentes para los conductores
  • Más retiradas de permisos de conducir
  • Mayor duración de las retiradas

Junto con la revocación del carné, es sin duda la posibilidad de retirada de carné lo que más preocupa a los conductores en general ya que difícilmente se concibe una vida "normal" sin la posibilidad de conducir y desplazarnos por nosotros mismos.

Prevención y seguros

La mejor forma de evitar ambas cosas es, evidentemente, el cumplir todas y cada una de las normas de circulación sin dar por tanto origen a posibles infracciones, pero todos sabemos lo arduo de esta tarea y lo relativamente fácil que es cometer errores en la conducción que pueden dar lugar a sanciones. Para paliar las consecuencias de estas hay compañías de seguros especializadas tanto en la defensa del conductor (por infracciones de tráfico en general) activando los recursos pertinentes ante la autoridad como en la indemnización o subsidio al automovilista que se ve privado de su carné de conducir por una sanción que conlleve la retirada.


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