En el caso de la actividad aseguradora se conoce como tal al importe o cantidad que está obligado a pagar la entidad aseguradora en caso de producirse el siniestro que esté amparado en la póliza de seguros.
Situación que se origina cuando el valor que el asegurado atribuye al objeto amparado en la póliza es inferior al que realmente tiene. En esta situación el asegurador reducirá la indemnización proporcionalmente al infraseguro producido.
Requisito que debe concurrir en quien desee la cobertura de un determinado riesgo, reflejado en su deseo de que el siniestro no se produzca, ya que si ocurriese se originaría un perjuicio grave en su persona o masa patrimonial.
Autorizada y regulada por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones para operar como Corredor de Seguros. Número J-1983. Copyright © 2009 Cibermultipóliza S.L. Todos los derechos reservados
